Impago de la renta en un local comercial: qué puede hacer el arrendador
El procedimiento se parece al de vivienda, pero con plazos y consecuencias propias del ámbito empresarial.
- ¿Cuál es el primer paso?
- ¿Qué puede hacer si el impago continúa?
- ¿Puede quedarse con la fianza sin más?
¿Cuál es el primer paso?
Reclamar formalmente el pago, normalmente por escrito (burofax), dejando constancia de la deuda y de un plazo razonable para regularizarla.
¿Qué puede hacer si el impago continúa?
Iniciar un procedimiento judicial de desahucio por falta de pago y reclamación de las rentas adeudadas, similar al que existe para la vivienda.
¿Puede quedarse con la fianza sin más?
No de forma automática; la fianza puede aplicarse a la deuda, pero el arrendador debe documentar el importe pendiente para evitar disputas posteriores.
Puntos clave
- Lo primero suele ser una reclamación formal y por escrito de la deuda.
- Si el impago continúa, cabe iniciar un desahucio por falta de pago.
- Aplicar la fianza a la deuda requiere documentar bien el importe pendiente.
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